Revisión en Origen vs Previo en Origen

 

revision-en-origen-vs-previo-en-origenLas condiciones actuales de mercado obligan a las empresas a ser creativos y buscar nuevas fórmulas que ayuden a los importadores a realizar sus despachos en tiempos más rápidos sin que sea necesario realizar inspección de las mercancías en territorio nacional, algunos agentes aduanales confían en sus clientes y acceden a omitir las revisiones de mercancías en territorio nacional, siempre que el importador proporcione elementos e información que permita revisar de forma documental y apoyado con imágenes (fotos) de los productos que permitan confirmar que las mercancías cumplen con normas oficiales de etiquetado u datos que se expresan en certificados de cumplimiento o permisos que son expedidos por dependencias Federales.

  • Son 887 mil 504 toneladas movilizadas contra las 915 mil 950 toneladas de 2014.

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Algunos agentes aduanales proponen la revisión de las mercancías desde el lugar dónde son embarcadas a destino, ello evitaría que ésta se revise en territorio nacional y se evite tiempo de permanencia en puerto, se acortarían y los gastos que pudieran presentarse por realizar dicha inspección en el recinto fiscal o fiscalizado, a este mecanismo le han denominado comercialmente como “previo en origen” aunque la ley no contempla este tipo de revisiones se han llegado a incrementar el número de empresas que ofrecen este tipo de servicios con el afán de acelerar los tiempos de despacho en las aduanas mexicanas y poder cumplir con tiempos de entrega “JUST IN TIME”, este tipo de empresas que ofrecen estos servicios tienen una gama de ofertas que pueden ser interesantes, desde auditorías a los proveedores para confirmar que la calidad de productos que se compran es la adecuada, hasta la confirmación si la planta productiva del proveedor cuenta con la capacidad de producción para satisfacer las necesidades del comprador esto es de mucha valía por ejemplo cuando una empresa decide comprar a un nuevo proveedor y no conoce su planta en el extranjero o porque se trata de una PYME y no tiene posibilidad de confirmar que el proveedor es una empresa bien establecida y que cuenta con la infraestructura acordes, es decir a través de estas empresas poder también asegurarse que no serán sorprendidos con empresas extranjeras “fantasmas” que les venden productos de baja calidad o que no cumplen con los estándares de calidad pactados en la compraventa, en este esquema de previo en origen, el importador y agente aduanal asumen riesgos hasta ciertamente medidos ya que ambos confían en los datos que las empresas certificadoras desde origen emiten para cuantificar productos y etiquetados en su caso o toma de números de identificación individual como lo son marcas, números de serie, lote, etc. y que en caso que la Aduana detecte en ejercicio de sus facultades de comprobación aplicará multas correspondientes de acuerdo a la gravedad de la omisión detectada.

Por otro lado, la Ley aduanera contempla a la “REVISION EN ORIGEN” dónde algunas empresas certificadas o de algunos sectores estratégicos como el Automotriz, Electrónico pueden tener este beneficio que consiste en poder confiar en los proveedores más confiables o a la generalidad de proveedores para omitir revisar cargas en territorio nacional, con la salvedad que la Autoridad en caso de detectar discrepancias no aplica multas y da algunas facilidades como lo son el auto corregir este tipo de situaciones al detectarlas cuando se recibe la carga en planta, sin duda este esquema es el más confiable para el importador y agente aduanal.

Base legal: Art. 98 y Art. 99 de la Ley Aduanera vigente, Regla General 3.7.31 de Comercio Exterior para el 2015.
Escrito por: L.C.I. Rafael Paul Rodríguez Martínez