Ejercicio de Clasificación Arancelaria (Luces Navideñas)
Ubicaremos en la Tarifa del Impuesto General de importación a la fracción arancelaria de luces navideñas, ver imagen:
Primeramente identifiquemos como trabajan estos aparatos, seguramente todos alguna vez llegamos a utilizarlo y sabemos que éste funciona sólo conectando a la energía eléctrica para que funcione, en el ejemplo se clasificarán las luces comunes y corrientes que no tienen sonidos ni reguladores de velocidad de las luces, vamos a ubicar en la TIGIE la sección dónde encuadre el producto, resulta la Sección XX Mercancías y productos diversos, dicha sección consta de solo tres capítulos.
El título de la Sección se determina basados en que se cumple con la Regla General 1 la cual señala: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con la Regla siguientes”
En este caso aplica sólo la regla 2 inciso c) la cual expresa:
3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:
c) Cuando las Reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la clasificación, la mercancía se clasificará en la última partida por orden de numeración entre las susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta.
Específicamente el capítulo 94 de la Tarifa, expresa a las “Muebles; mobiliario médico quirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas”, éste capítulo comprende sólo seis partidas dónde es posible localizar al producto sujeto a clasificar siendo el más específico la Partida 94.05.
Sólo restaría identificar a la subpartida específica de la partida 94.05 la cuál expresa sólo nueve sub-partidas en la TIGIE.
Siendo aplicable la Sub-partida 9405.30 para identificar la fracción arancelaria aplicable al producto “Luces navideñas” aplicando la Regla 4 de las Reglas Generales de la TIGIE:
“Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores, se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.”
En la subpartida 9405.30 sólo le corresponde una fracción arancelaria siendo la aplicable para el ejemplo que estamos clasificando, 9405.30.01
En este caso la descripción del producto de acuerdo a la tarifa queda tal y como se expresa en la TIGIE y complementando dicha descripción con el nombre cómo coloquialmente se le conoce Guirnaldas eléctricas de los tipos utilizados en árboles de Navidad (Luces navideñas).