Declaración de Marcas
Las nuevas reglas nos marcan en su regla 3.1.34 que todas las mercancías que se encuentren en el Anexo 30, deberán declarar las marcas así como el tipo de autorización que se le ha entregado para la importación de dichas mercancías.
El incumplimiento de esta regla será causal de suspensión de los padrones.
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