Sistema de Control de Inventarios – ¿OBLIGATORIO?
La Ley Aduanera nos marca claramente en su art. 59 que es una obligación del importador el tener un Sistema de control de inventarios sistematizado que tenga en todo momento el registro actualizado de los datos de control de las mercancías de comercio exterior.
Muchos creen que solamente las empresas IMMEX deben de tener un sistema de control de inventarios, pero la realidad es que todo importador se encuentra obligado.
Multas
El incumplimiento de esta obligación puede hacerte acreedor a una multa de $14,650.00 a $29,310.00. Además, el sistema de control de inventarios tienes que estar sujeto a lo que marca el Anexo 24, en caso contrario no será tomado como válido.
Actualizate y Capacitate con Nosotros
Te invitamos a que te capacites en el tema con nosotros, además tenemos nuestro propio sistema de control de inventarios sistematizado. Podemos capacitarte adecuadamente para que lleves un control adecuado de tus mercancías de origen extranjero y te blindes contra multas de la autoridad.
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