Acuerdo que modifica al diverso que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la secretaría de salud.
El pasado 1° de septiembre en el Diario Oficial de la Federación se publicó texto dónde se modifican los puntos Primero apartado D) y Tercero, del Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías y productos cuya importación, exportación, internación o salida está sujeta a regulación sanitaria por parte de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de octubre de 2012, únicamente respecto de las fracciones arancelarias que se indican, en el orden que les corresponda según su numeración:
Primero.- …
A) a C) …
D) …
E) …
Segundo.- …
Tercero.- …
Esta modificación entró en vigor al día siguiente de su publicación.
De ahí la importancia de acercarse a tu agente aduanal para que te proporcione mayor información sobre las fracciones arancelarias sujetas a dicha obligación y explique cómo se cumple con la obligación en el pedimento.
La planeación y anticipación de este tipo de situaciones pueden detonar en ahorros de gastos innecesarios de la operación de comercio exterior, así como la pérdida de clientes potenciales, entrega tardía de mercancías en destino final, penalizaciones, etc.