EL NACIMIENTO DE UNA EMPRESA DE COMERCIO EXTERIOR EN NUETRO PAÍS.
Entre el sin número de elementos a considerar para crear una sociedad mexicana que realice operaciones de comercio exterior, destaca uno de los mas importantes y quizá el primer paso antes de emprender la increible experiencia de figurar en el extranjero, me refiero a la “Autorización de uso de denominación o razón social” que desde Junio de 2012 otorga la Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Normatividad Mercantil (DGNM) y que por muchos años estaba a cargo de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Este trámite se convirtió en una autorización de resolución centralizada, es decir, corresponde única y exclusivamente a la DGNM de la Secretaría de Economía la resolución final. Además, se incorporó al esquema electrónico, debido a que ya no es un requisito obligatorio asistir a las oficinas de la Secretaría para realizar éste trámite, toda vez que a través del portal www.tuempresa.gob.mx se solicita y obtiene dicha Autorización. Así mismo, los fedatarios activos pueden por medio de ésta plataforma, cumplir con sus obligaciones de aviso de uso o liberación de sociedades previamente protocolizadas por ellos mismos. Si estas interesado en constituir una sociedad mexicana debes contar con la multicitada autorización y para esto puedes consultar en dicho portal si la denominacion de tu interés se encuentra o no reservada en el momento, sin necesidad de esperar respuesta por parte de la autoridad. Los únicos requisitos recomendados para iniciar éste proceso son: 1. Tener acceso a la plataforma en un equipo de cómputo con sistema JAVA actualizado y configurado para acceder al sitio web; 2. La persona que solicite, deberá tener Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente otorgada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT); 3. Registrarse en www.tuempresa.gob.mx; 4. Una vez con acceso, solicitar la denominación de su interés. La resolución favorable o negativa se podrá conocer en un plazo no mayor a dos días hábiles de conformidad con el Reglamento para la autorización de uso de denominaciones y razones sociales vigente.