Acuerdo que modifica al diverso por el que la secretaría de economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior
El pasado 29 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación se publicó la modificación del acuerdo en mención, dónde se adicionan las fracciones arancelarias que se señalan, en el orden que les corresponda, a la tabla de la fracción II del numeral 8 del Anexo 2.2.1 y a la tabla de la fracción II del numeral 7 del Anexo 2.2.2, del Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2012 y sus modificaciones, como a continuación se indica:
“ANEXO 2.2.1
Clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta al requisito de permiso previo por parte de la Secretaría de Economía (Anexo de permisos).
1.- a 7 BIS.- …
8.- …
I. …
II. …
ANEXO 2.2.2
Criterios y requisitos para otorgar permisos previos
1.- a 6 BIS.- …
7.- …
I. …
II. …
III. …
7 BIS.- …”
Ahora bien pensarás ¿cómo nos afecta esta situación en la vida diaria?.. se trata de regulaciones no arancelarias a las importaciones de productos derivados del acero, placas, rollos de lámina, perfiles, etc. Los cuáles en su mayoría son utilizados por la industria electrónica y automotriz nacional ya que antes del decreto la importación de este tipo de productos no estaba sujeto a requisito o permiso de importación y a partir del día 5 de Octubre toda carga que arribe a territorio nacional tendrá la obligación de cumplir con dicho requisito.
Lo que podría repercutir en los tiempos en que las entidades gubernamentales cómo la Secretaría de Economía tarda en validar y emitir permiso correspondiente para que se puedan realizar importaciones de este tipo de productos, si la industria automotriz se ve afectada también se afecta la planta laborar que depende de dichas fuentes de empleo.